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Sabado, 6 de Septiembre del 2008 (15:12:01)

 
El Registro Civil 


Requisitos

 

Los Novios deben ser solteros, viudos o divorciados y mayores de edad.

El trámite debe hacerse en la sede del Registro Civil que corresponda a la zona o domicilio de uno de los Novios que incluye el pago de un arancel.

El turno se reserva con 28 días corridos de anticipación a la fecha del Casamiento. Hay que presentar el DNI.  
En el caso de Extranjeros Residentes, deben presentar el DNI de origen o CI.  
Extranjeros no Residentes necesitan presentar el Pasaporte o Documento del país de origen.

Por excepción y mediando justa causa podrá también celebrarse el Matrimonio, aunque no se posea el Documento de Identidad.

Tres días antes de la Boda, uno de los contrayentes tiene que volver ante el Registro Civil y presentar:

- Resultados de los análisis prenupciales.  

- Expediente Matrimonial.  

- Documentos de los Novios (DNI)  

- Documentos de los Testigos (DNI)

Si uno de los contrayentes es divorciado, deberá presentar el Acta de Matrimonio con el divorcio vincular asentado.

Si uno de los contrayentes es viudo, deberá presentar el Acta de Defunción y Libreta o Acta de Matrimonio.

Los Varones de 18 a 20 años y las Mujeres de 16 a 20 años pueden casarse bajo dispensa judicial. Para el trámite deberán presentar:

- Partidas de Nacimiento y Documentos de Identidad de los padres.

- El consentimiento de ambos padres en el momento de la celebración.

Los Varones menores de 18 años y las Mujeres menores de 16 años deberán presentar la documentación ya mencionada anteriormente y el Testimonio de dispensas judicial por edad.

Los Menores con padres fallecidos, el Tutor deberá presentar Documentos de Identidad, Partida de Nacimiento, Testimonio judicial de tutoría y el Documento de Identidad del Tutor.  
Si hubiese fallecido sólo uno de los padres, hay que presentar la Partida de Defunción correspondiente, asumiendo el otro progenitor la representación del menor.  
Cuando fallecieron los padres y no tienen Tutor, necesitarán la autorización judicial para el Matrimonio.

Los Testigos deben ser argentinos y mayores de edad. Debe haber uno por cada contrayente, aunque si lo desean pueden agregar Testigos extras.

El Matrimonio podrá hacerse a Domicilio, previo pago de un arancel. Y no está limitado sólo para los casos en que uno o ambos contrayentes se encuentren físicamente imposibilitado de concurrir al Registro Civil.  

Por más información dirigirse a www.registrocivil.gov.ar

 

 

 
 

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