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Requisitos
para la Ceremonia Religiosa
Los
Novios deben ser solteros y estar bautizados en
la fe católica.
El
Casamiento podrá realizarse en la Parroquia más
próxima a la zona de residencia de la Novia. No
obstante, mediante el Trámite de Pase ante
dicha Parroquia, se puede optar por otra
Iglesia, siempre y cuando la elegida no tenga
establecido el requisito de radio parroquial.
Se
recomienda reservar el turno con bastante
anticipación: un año en algunas Parroquias;
otras requieren menor tiempo.
Cuando
la elección recae en una Capilla u Oratorio, el
Obispado es quien otorga el permiso especial.
El
Sacerdote podrá ser el de la Parroquia. Si los
Novios optan por otro de su conocimiento, pueden
hacerlo en la mayoría de los casos, previo trámite.
El
costo varía en función de la Parroquia, aunque
algunas no lo tienen arancelado; en estos casos
solicitan una contribución a voluntad de los
contrayentes.
Conviene
tener presente que algunas Parroquias tienen
limitaciones estrictas, además del lugar de
residencia, referidas a la ambientación del
Templo, música, arreglo florales, coro, etc.
En
consecuencia, se recomienda a los Novios tratar
estos temas en el momento de la reserva del
Templo, para así evitarse posteriores
sorpresas.
El
expediente Matrimonial consta de un cuestionario
para los Novios y otro para los Testigos.
Se
necesita un Testigo para cada contrayente. Estos
deben ser mayores de edad y preferentemente no
parientes; hay que presentar el DNI.
Los
Novios deben realizar en la Parroquia el Curso
Prematrimonial.
Si
bien habitualmente los padres de los Novios
ofician de Padrino y Madrina, este rol también
puede estar a cargo de cualquier persona.
El
cortejo de niños es opcional. Generalmente un
niño y /o una niña llevan las alianzas.
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